Equipaje del viajero


La resolución de Aduanas N° 7264 del 26 de diciembre de 2014 recién pasado modifica el concepto de “Equipaje del Viajero” eliminando de este las bicicletas nuevas y usadas. En consecuencia a partir de la entrada en vigencia de esta resolución todos aquellos que viajen al extranjero, ya sea por placer o competencia, deberán declararlas ante Aduanas para evitar problemas al regreso. Recuerdo la época en que esto mismo había que hacer para los computadores portátiles, las cámaras de video y las cámaras fotográficas. Parece que operativamente en vez de evolucionar, retrocedemos.

Tomamos contacto con Claudio Pollmann, de la Agencia de Aduana Pollman, un viejo amigo Mountainbiker, quien gentilmente nos aclaró un montón de dudas que se resumen en el procedimiento que se describe a continuación:

  1. El pasajero debe presentarse con la bicicleta en la oficina de Aduana en el arribo de pasajeros internacionales, primer piso del terminal aéreo.
  2. El funcionario de Aduana verifica la bicicleta y anota en una hoja sus características que sirvan para su identificación posterior. Firma y timbra la hoja y se la entrega al pasajero. Para agilizar el trámite, el pasajero puede traer confeccionada la hoja con las características de la bicicleta.
  3. El pasajero entrega la bicicleta a la línea aérea, para su embarque.
  4. El pasajero ingresa a la sala de embarque (previo control migratorio y de seguridad), y se dirige a la oficina de Despacho de Aduana ubicada en el tercer piso del terminal aéreo, donde entrega la hoja visada en el primer piso, y se le confecciona y entrega un ejemplar del documento “Declaración Salida Temporal Efectos de Turistas” (DSTET).
  5. Al retornar al país, presenta la bicicleta con el ejemplar de la DSTET, quedando el documento en poder de la Aduana, para cancelar el registro de salida.

Hay varias cosas que aún permanecen sin aclarar. ¿Qué características de la bicicleta son suficientes para identificarla? ¿Se deben indicar los componentes? ¿Se deben identificar las ruedas? ¿Basta con la marca o también pedirán el modelo? Tampoco está claro si el funcionario de aduana debe ver físicamente la bicicleta, lo cual es importante para ir preparado para abrir la caja antes de su despacho en el aeropuerto.

Reiterar a todos la importancia de guardar el documento “Declaración Salida Temporal Efectos de Turistas” (DSTET) para evitarse malos ratos y tener que pagar impuestos y derechos.

Esta normativa comienza a regir 15 días después de publicarse en el diario oficial, lo cual entendemos aún no se ha hecho. En todo caso solicitamos a los primeros “afectados” con esta medida nos cuenten de su experiencia y nos den recomendaciones para hacer menos traumática su aplicación.

Leer la Resolución 7264 AQUÍ

Miércoles 21 de enero de 2015

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